domingo, 29 de julio de 2007

Tema 3. La Empresa y el Codigo de Comercio.

La empresa y el Codigo de comercio
Las menciones en el articulo 2 del Co de co Venezolano (ordinal 5,6,7,8,10 y 11) corresponden a la concepción teórica de carácter económico. En este sentido debe interpretarse que la empresa es el ejercicio profesional de una actividad organizada.

En nuestro derecho positivo la empresa no es utilizada como criterio de comercialidad, la noción de empresa usada por el legislador Venezolano es la misma que empleo el codificador Francés, una noción que integra el criterio de mercantilizad de la epoca, conjunto de actos aislados y una actividad organizada.

Elementos para reputar a un comerciante

- Son comerciantes quienes ejerzan profesionalmente en nombre propio y con fines de lucro actos de comercio, para ello deben reunir los siguientes requisitos:

a) Capacidad de ejercicio de los actos que la ley considera comerciales.
b) Realizaron habitual de esa actividad.
c) Ejercicio en nombre propio.

Quienes pueden ser comerciantes?
Toda persona natural o jurídica que de ser comerciante salvo disposición en contrario de la ley. Es una garantía constitucional que toda persona puede dedicarse a la actividad lucrativa de su preferencia sin mas limitaciones que las que establece la ley de la constitución.

Prohibiciones para ejercer el comercio.

* Existen prohibiciones de dos clases:

a) De Derecho Publico: se refiere a los funcionarios públicos, al servicio del estado. No puede celebrar o negociar contrato alguno con el ni por medio de otra persona.

b) Derecho Privado: Estas están establecidas en el Código de Comercio y en algunas cláusulas establecidas de determinadas sociedades.

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