sábado, 18 de agosto de 2007

Exposición 14. Letra de Cambio y Pagaré

Títulos Valores: son documentos creados a través de la incorporación de un derecho, cuya posesión es suficiente y necesaria para poder ejercer el derecho en el incorporado por parte de su poseedor legítimo contra las personas signatarias en el mismo.

Características de los Títulos Valores:

- La incorporación

- La literalidad

- La autonomía

- La abstracción

Letra de Cambio:

Una letra de cambio es el título de crédito formal y completo que contiene la promesa incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en lugar determinado, vinculando solidariamente a todos lo que en ella intervienen.

Características:

- Es un documento

- Es un medio de pago

- Es un medio crediticio

- Es un titulo a la orden.

En la letra de cambio intervienen:

- Librador, quien emite el documento

- Librado, es el obligado a pagar la letra

- Beneficiario, es el que tiene el derecho de exigir el pago de la letra.

Pagaré:

El pagaré es un título por medio del cual una persona se obliga a pagar a la orden de otra persona una cantidad de persona en una fecha determinada. El pagaré es una promesa de pago y siendo un título a la orden es transmisible por medio de endoso.

¿Quiénes intervienen en la celebración de la firma del pagaré?

El librador (emite el documento) y librado (el obligado a pagar la letra)

Beneficiario, es el que tiene el derecho de exigir el pago de la letra de cambio.

A diferencia de las Letras de cambio no existe un modelo timbrado, ni precisa cumplir ningún modelo determinado. Sólo con indicar la obligatoriedad de pagar a una persona o entidad en una fecha una cantidad es suficiente para ser válido.

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