El comerciante, en el ejercicio de su empresa requiere la colaboración de otras personas de la actividad y servicios ajenos. Siendo esta de carácter intelectual o material,: los abogados, contadores, ingenieros, obreros entre otros y además de carácter jurídico con poder de representación.
Precisamente aquellas personas que además de prestar su actividad material o intelectual colaboran jurídicamente con el comerciante, actuando en menor o mayor grado en su representación, llamados auxiliares de comerciantes.
Auxiliares dependientes
Se encuentran en una posición subordinada respecto al comerciante y forma parte de su organización.
Auxiliares autónomos
No forma parte de la organización de la empresa y se encuentra en una posición independiente respecto al comerciante.
Son auxiliares dependientes, los factores y los dependientes del comercio, son auxiliares autónomos los corredores.
Dependientes.
Son de facultades restringidas como los empleados subalternos que el comerciante tiene a su lado para que le auxilien en sus operaciones bajo dirección.
Factores.
Es la persona que administra un establecimiento mercantil en nombre y por cuenta del dueño.
Corredores.
Se proponen y ajustan los actos, contratos y certifican los hechos mercantiles, es regulada por una legislación especialmente la ley federal de la correduría publica. Los corredores son empleados de comercio que exoneran su mediación a los comerciantes para facilitarles la conclusión de sus contratos.
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